Las comunidades de Las Naves han recibido en esta semana fuertes decisiones judiciales que criminalizan a miembros de sus comunidades que se oponen a las actividades mineras en su territorio y a la inconstitucional consulta ambiental que se pretendía realizar en el Ministerio de Ambiente, al amparo del Decreto 754 que el día 01 de agosto de 2023, que fue suspendido por decisión de la Corte Constitucional.
El viernes 14 de julio de 2023, durante una jornada de protestas realizada frente a la UPC de Las Naves, Manuel R. y Ángel G. fueron detenidos en supuesta flagrancia por el delito de daño a bien ajeno público. En la audiencia de flagrancia realizada el sábado 15 de julio de 2023, la fiscal suplente asignada formuló cargos asegurando que se habían causado daños de tal magnitud que incluso habían ocasionado la suspensión del servicio público y lesiones en una tercera persona, miembro de la Policía Nacional, así también solicitó prisión preventiva, la cual fue concedida por el juez de la causa sin justificar las razones por las cuales era necesario y proporcional dictar tal medida de carácter excepcional.
Frente a esta arbitrariedad, los procesados solicitaron la revisión de la medida de prisión preventiva la cual fue negada por el mismo juez, el 24 de julio de 2023, por considerar que los procesados no habían demostrado arraigos, es decir, trasladó a los procesados la carga de demostrar que no existía riesgo procesal y riesgo de fuga.
Ante esta decisión, el miércoles 26 de julio se presentó una acción de hábeas corpus que fue conocida por la Sala de la Corte Provincial de Justicia de Bolívar. Pese a que la norma constitucional del art. 89 establece que la audiencia debe realizarse dentro de 24 horas desde la presentación de la demanda, la audiencia recién fue convocada la semana siguiente, el lunes 31 de julio del 2023. Las razones alegadas para la demora fueron la supuesta falta de jueces para la conformación de la sala, por ausencias en el marco de vacaciones. Es decir, circunstancias administrativas mal gestionadas por las autoridades de la Judicatura, que terminan convirtiéndose en obstáculo para el acceso a la administración de justicia, que es un derecho de todas y todos.
Durante la audiencia de habeas corpus realizada el 01 de agosto de 2023, el abogado de los procesados informó a los jueces del Tribunal que sus defendidos habían asegurado que, luego de su detención en Las Naves, antes de ser llevados a Guaranda, fueron trasladados a Echandía, donde fueron golpeados en sus rostros. Ángel G. informó también haber sido golpeado en la parte baja de la espalda lo que le llevó a vomitar sangre; mientras que Manuel R., de manera cruel, le mantuvieron colocadas las esposas durante toda esa primera noche. Sin embargo, el Juez ponente Hernán Chérrez Andagoya, quien durante toda la audiencia dió un trato prepotente a los asistentes, dijo que los procesados debían probar que habían sido golpeados, sin siquiera concederles la palabra para escuchar de sus propias voces lo que vivieron durante las primeras horas de detención. De esta manera, traslada la carga de probar un hecho tan grave en las personas privadas de libertar.
Finalmente, la decisión de este Tribunal fue negar el habeas corpus y con ello, negar la posibilidad de que Manuel y Ángel, campesinos, se puedan defender en libertad, más cuando, al haberse aplicado un Procedimiento Directo, su audiencia de juicio se realizará la tarde del día de hoy 03 de agosto de 2023.
Manuel y Ángel pueden enfrentar hasta 4 años de prisión por supuestamente ser responsables de causar daños en bienes públicos (rotura de vidrios de la UPC) que según la cuantificación que consta en el proceso, ascienden a USD 1200,00. Es evidente que este es un caso de abuso del derecho penal para incriminar a personas defensoras, mientras ejercen su derecho legítimo y constitucional a la resistencia, frente a la imposición violenta de la consulta ambiental en los territorios.
Solicitamos a las autoridades nacionales, a las organizaciones de derechos humanos nacionales e internacionales prestar especial atención a las decisiones que el día de hoy se tomen en el marco de este proceso, que esperamos no sean contrarias al ejercicio de los derechos humanos de las personas defensoras procesadas.