Minería en la cabecera del Rio Aguarico: Cientos de personas y organizaciones sociales apoyan a Sinangoe en su lucha por agua, vida y territorio ante la corte provincial de Sucumbíos

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Lago Agrio (Sucumbíos), el 6 de septiembre 2018. La comunidad amazónica A’I Cofán de Sinangoe presentó argumentos el día ayer 5 de septiembre 2018 en la Audiencia de Apelación en la corte provincial de Sucumbíos para ratificar y ampliar la sentencia histórica del juez del Cantón Gonzalo-Pizarro que suspendió 52 concesiones mineras por violar el derecho a la consulta previa, libre e informada.

Los Ai Cofán de Sinangoe contaron con el respaldo de miembros de las nacionalidades indígenas Siekopai, Siona, Kichwa y Waorani, de varias comunidades mestizas ubicadas por el Rio Aguarico, organizaciones de la sociedad civil, el Prefecto y el Obispo de Sucumbíos; además de organizaciones del nivel nacional que se hicieron presentes a través de Amicus Curiae y en el proceso de movilización y vigilancia.

Así mismo el pasado 3 de septiembre recibieron respaldo público de importantes organizaciones nacionales e internaciones de derechos humanos y ambientales, entre ellas, Greenpeace, Amazon Watch e Hivos han juntado su voz a las de organizaciones ecuatorianas como Yasunidos, Acción Ecológica y la UDAPT enviando una carta al Presidente de la República y varios ministros y autoridades en la que piden que se protege la cabecera del Rio Aguarico https://www.amazonfrontlines.org/justice-sinangoe/es/

Sinangoe, que ha presentado el caso como copeticionario con la Defensoría del Pueblo, expuso argumentos técnicos, jurídicos y culturales contundentes y claros amparados en el derecho constitucional, en los derechos colectivos y en los instrumentos internacionales de derechos humanos, que hacen claro y expreso reconocimiento a la Consulta Previa, Libre e Informada.

Así mismo, logramos una vez más demostrar que nuestros derechos al agua y la alimentación e encuentran gravemente comprometidos, al igual que los derechos de la naturaleza; y por ello la disposición de simplemente suspender las concesiones no resulta suficiente, toda vez que las mismas fueron otorgadas en vulneración de derechos constitucionales y deberían ser revertidas o declaradas nulas, en concordancia con las disposiciones de la Corte Constitucional.

Todos estos argumentos se encuentran incorporados en la demanda de Acción de protección y esperamos que los jueces constitucionales de la sala única de la corte provincial de sucumbíos realicen un análisis pormenorizado de nuestros argumentos, teniendo como base, entre otros, los principios indubio pronatura y de precaución.

Por su parte la intervención de los accionados nuevamente desconoció los principios del derecho colectivo y pretendió desconocer que este proceso se trata de una garantía jurisdiccional amparada y sustentada en el derecho constitucional.

A falta de argumentos de derecho y en ausencia de prueba las intervenciones de las instituciones nuevamente recurrieron a la descalificación de la comunidad:

  • El abogado del Ministerio de Minas, en presencia del Vice-Ministro Henry Troya Figueroa, acusó a la Guardia Indígena de Sinangoe sin ninguna prueba de haber sido “cómplices” en los daños ambientales de las empresas mineras y además los llamó “una guardia civil armada que incumple con su deber de hacer respetar a su espacio.” A mas de eso no logro quedar demostrado el fundamento de su apelación.
  • El Ministerio del Ambiente, contrario a toda la evidencia que han recaudado en su investigación y las declaraciones de varios funcionarios de la misma entidad estatal, manifestó que no había ningún daño ambiental por la actividad minera. Además, insiste en considerar innecesaria la constitución de una zona de amortiguamiento en el área norte y este del parque nacional Cayambe Coca que colinda con el rio aguarico, además nuevamente desconoció nuestro derecho al territorio ancestral y colectivo indicando que el mismo nos ha sido entregado por el MAE como si se tratara de un acto generoso de esa cartera de estado. A más de eso no logro quedar demostrado el fundamento de su apelación.
  • ARCOM, SENAGUA y Procuraduaria no aportaron nada sustancial mediante lo cual puedan fundamentar su apelación.
  • La Empresa Nacional de Minería (ENAMI) intervino como amicus curiante, y aunque en su propio escrito reconoce que “la Consulta Previa es un mecanismo a través del cual el estado está en la obligación de hacer partícipe a la comunidad de su intención de otorgar derechos a un concesionario para que realice actividades mineras, previamente a otorgar la autorización respectiva” (El subrayado nos pertenece); manifestó que el país mediante la actividad minera obtendrá regalías y que la sentencia emitida en primera instancia constituye impedimento.

El hecho de que la actividad minera y sus impactos sociales y ambientales afecten a nuestra comunidad y a más de 80.000 personas parece no resultar de importancia alguna para esta entidad.

“Con nuestra abogada y con la Defensoría del Pueblo y el respaldo de cientos de personas y organizaciones sociales del Ecuador y a nivel internacional, pedimos a los jueces de la corte provincial de Sucumbíos que ratifiquen la sentencia del 3 de agosto de 2018 sobre la violación de la Consulta Previa y que incluyan la violación de derechos al agua, a la alimentación, a un ambiente sano y los derechos de la Naturaleza, pedidos que ya los hicimos cuando presentamos la demanda. Nuestra lucha es para la vida y tiene implicaciones para toda la gente de Sucumbíos preocupada por su agua y salud. ¡La minería en la cabecera del Rio Aguarico amenaza a todo Sucumbíos!” afirmó Mario Criollo, Presidente de la comunidad ancestral A’I Cofán de Sinangoe.

La audiencia fue suspendida hasta nueva notificación de la Corte Provincial quien indico el interés de realizar en próximos días una inspección judicial al sitio afectado.

Como antecedente, la acción de protección fue presentada por la Comunidad de Sinangoe y la Defensoría del Pueblo el pasado 12 de julio contra los ministerios de Minas y del Ambiente y de las agencias ARCOM y SENAGUA a causa del otorgamiento de manera inconsulta de más de 20 concesiones mineras en la cabecera del Rio Aguarico, y 32 más en trámite, afectando una extensión de más de 30 000 hectáreas. El 27 de julio 2018, en una decisión histórica el juez del Cantón Gonzalo-Pizarro falló a favor de Sinangoe y la Defensoría del Pueblo y contra los ministerios de Minas y del Ambiente y de las agencias ARCOM y SENAGUA, declarando la vulneración al derecho de la consulta previa libre e informada y disponiendo la inmediata suspensión de todas las concesiones mineras otorgadas o en trámites, sentencia que fue inmediatamente apelada por las autoridades y por la comunidad de Sinangoe.

 

Datos de contacto:
Mario Pablo Criollo – Presidente de la Comunidad A´I Cofán Sinangoe 0991370756
Alex Lucitante – Defensor de Derechos Humanos 0999469780
sinangoetsampi@gmail.com

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