Triunfo histórico de los derechos humanos frente actividades extractivas

Hoy se anunció la ratificación de la sentencia de primera instancia que acepta la acción de protección por la vulneración del derecho a la consulta previa, libre e informada de las comunidades indígenas de Molleturo en relación al proyecto minero Río Blanco. La Corte Provincial de Justicia de Azuay negó la apelación presentada por el Estado para reactivar las actividades en el proyecto minero Río Blanco, ubicado en la zona noroccidental de Azuay.

En la sentencia del primero de junio de 2018, el Juez Paúl Serrano aceptó la acción de protección y las medidas cautelares que detuvieron el proyecto minero Río Blanco, que comprende 5.799 hectáreas y está ubicado entre las parroquias Molleturo y Chauca, en el cantón Cuenca, provincia de Azuay.

Se aceptó la acción de protección por violación del derecho a la consulta previa, libre e informada en el proyecto minero Río Blanco y se ordenó: la suspensión de la explotación y actividad minera inmediata; la desmilitarización gradual y paulatina de la zona; y que la Defensoría del Pueblo realice seguimiento y cumplimiento de la presente sentencia.

Esta sentencia constituye un precedente jurídico histórico para la defensa de los derechos humanos, territoriales y de la naturaleza en el país, pues reconoce que el Estado no garantizó el derecho a la consulta previa, libre e informada de comunidades indígenas en una región que lleva más de 20 años resistiendo a las actividades extractivas mineras.

En el dictamen de la Corte Provincial se revoca la medida de restitución del derecho vulnerado. Es decir, la consulta previa. La razón que emiten los jueces que el pueblo ya fue consultado el 4 de febrero de 2018 con la pregunta 5 del referéndum:
¿Está usted de acuerdo con enmendar la Constitución de la República del Ecuador para que se prohíba sin excepción la minería metálica en todas sus etapas, en áreas protegidas, zonas intangibles y centros urbanos, de conformidad con lo establecido en el Anexo 5?
En este dictamen, se señala que el resultado de la votación de los habitantes de la parroquia Molleturo fue 67,80% por el Sí y y el 32,20% por el No. En ese sentido, y en el caso de Molleturo se sobre entiende que se RATIFICA la suspensión del proyecto Rio Blanco, y que la «consulta» ya se realizócomo consta en los resultados del Referendum.

La Comisión Ecuménica de Derecho Humanos saluda la decisión de la Corte Provincial de Justicia del Azuay que ha ratificado la sentencia de primera instancia, lo cual supone una victoria histórica de los DDHH y se logra hacer justicia a la violación de los derechos humanos y colectivos que supone la imposición de proyectos mineros inconsultos.

Esta sentencia histórica puede ser usada por juezas y jueces como jurisprudencia en los casos en los cuales comunidades y pueblos indígenas y campesinos demandan la violación a sus derechos humanos y colectivos por las actividades extractivas en sus territorios ancestrales y de vida. Esperamos que los funcionarios de la función judicial sigan actuando de manera coherente con la garantía a los DDHH.

Compartir en:

Continúa leyendo...

PRONUNCIAMIENTO

PRONUNCIAMIENTO ANTE LOS RECIENTES HECHOS DE VIOLENCIA QUE SE VIVEN EN EL PAÍS   La Comisión Ecuménica de Derechos Humanos, CEDHU, frente a los recientes y graves acontecimientos que están

Alerta

Con fuerte presencia policial una vez más se pretende realizar una Consulta Ambiental en el cantón Las Naves           Hoy, lunes 11 de diciembre de 2023,